REGLAMENTO DE USO Y FUNCIONAMIENTO DE "BALTAVIDA"

Artículo 6.- Normas Generales de Reserva y Uso de las Instalaciones

1.- La solicitud y el pago de las tarifas se realizará por los propios interesados/as, conforme se indique por GESBALTA, S.L., en los plazos previstos.

2.- La apertura de plazo será publicada con la antelación suficiente por los medios que estime oportuno GESBALTA, S.L. para general conocimiento. En todo caso, estos plazos siempre se expondrán en los tablones de anuncios de la instalación.

3.- Los cambios de horarios se solicitarán al menos dos días hábiles antes de la fecha solicitada, y se aceptarán siempre que el nuevo horario e instalación esté disponible.

4.- En el supuesto de reparaciones imprevistas, GESBALTA, S.L. intentará, en la medida de lo posible, ofrecer otra alternativa de características similares. Si ello no fuera posible, y el periodo de cierre fuese superior a 15 días, el usuario/a tendrá derecho a solicitar la devolución de la tarifa correspondiente.

6.- Corresponderá a la entidad usuaria solicitar y obtener de las autoridades competentes, las autorizaciones preceptivas exigibles, así como estar en posesión de los preceptivos Seguros de Accidentes para dichas actividades recreativas, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 17/1998 de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas.

7.- El acceso de espectadores y acompañantes estará determinado por las características de la actividad y de la instalación.

Artículo 7.- Normas Generales de Reserva y Uso de las Instalaciones mediante Abonos

1.- Podrán acogerse a este sistema aquellas personas o colectivos que, previa solicitud y aceptación, deseen hacerlo.

2.- Los clubes o equipos que deseen utilizar de forma regular alguna unidad deportiva en las Instalaciones para entrenamientos, deberán cumplimentar en el plazo establecido por GESBALTA S.L., la solicitud respectiva.

3.- Los clubes o equipos que deseen utilizar las Instalaciones para celebrar sus respectivas competiciones, una vez autorizados, deberán entregar en la Instalación solicitada el calendario oficial de la competición debidamente expedido y sellado por la Entidad que corresponda, y en el que constarán los datos de la misma, (domicilio, teléfono y nombre de la persona que la expide), con el fin de programar las horas y días de los encuentros/competiciones, con respecto a los demás clubes.

4.- Para la concesión de este tipo de uso, se entenderán como prioridades lo siguiente:

•  Que la entidad, Club o equipo tenga su residencia en el municipio de Breña Alta.

•  Que los equipos solicitantes disputen sus competiciones en la instalación.

•  Que les haya sido concedida la petición de uso para entrenamientos.

•  Que participen en Competiciones Oficiales Federadas.

Además de estos requisitos, se valorará:

•  Divisiones Superiores sobre Inferiores.

•  Categorías.

•  Nivel de la Competición.

5.- Los equipos concertarán de forma definitiva o mensual sus encuentros de competición (sábados y domingos). El abono de los encuentros de competición oficial se hará por mensualidades anticipadas, finalizando el plazo de pago el último día hábil de cada mes, (excepto sábados y festivos). En caso de impago, perderá sus derechos y el horario se pondrá a disposición de los usuarios/as interesados/as.

6.- La duración de los encuentros oficiales se estima en dos horas, a fin de no entorpecer ni atrasar a otros equipos que utilicen las mismas instalaciones. Si fuese necesario más tiempo, será por incrementos de una hora completa.

Artículo 8.- Normas Generales de Alquiler Puntual y Uso de Instalaciones

1.- Todas aquellas unidades deportivas / salas que por sus características, GESBALTA S.L. alquile a particulares en las horas que queden libres, se podrán utilizar previo abono de la tarifa correspondiente.

2.- Aquellos usuarios/as que deseen alquilar las unidades deportivas con carácter fijo, deberán solicitarlo en la Recepción de la instalación. El pago se realizará por mensualidades anticipadas, terminando el plazo el último día hábil de cada mes, (excepto sábados y festivos). Finalizado este plazo, el horario de uso quedará disponible para otro solicitante.

Artículo 9.- Normas Generales para el Uso de las Piscinas

1.- No podrán hacer uso de las piscinas, quienes padezcan alguna enfermedad infecto-contagiosa, heridas abiertas, etc. Si el personal de la instalación tuviera fundadas sospechas de que algún usuario/a padece una infección de este tipo, podrá exigir la presentación de una autorización médica por escrito para el acceso a la piscina.

2.- Es obligatorio el uso de gorro de natación y de zapatillas de piscina (sin hebilla). Se recomienda bañador de una sola pieza para mujeres (no una sola pieza de baño) y evitar bañadores tipo bermuda para los hombres. Es aconsejable el uso de gafas de natación.

3.- No está permitido entrar en el agua con objetos que se puedan desprender a causa del movimiento o producir daño a los demás usuarios/as, como horquillas, anillos, pulseras, relojes, cadenas, etc.

4.- Los familiares o acompañantes de los usuarios/as tienen prohibida la entrada a la zona de vestuarios y playa de la piscina, salvo en el caso de niños/as menores, personas de movilidad reducida o discapacitados/as, que podrán ser acompañados por un adulto en los vestuarios, si así lo precisan. En ningún caso podrán los familiares o acompañantes entrar en la playa de la piscina, a no ser que tengan permiso para ello. El lugar de espera es en la sala social.

5.- Es obligatorio ducharse antes de sumergirse en el agua de la piscina. Esto implica la eliminación de cremas y productos de maquillaje. Con este fin, se utilizará jabón cuando sea necesario, (en las duchas de los vestuarios).

6.- No se deberá correr por las zonas húmedas, como playas alrededores de la piscina, vestuarios o duchas, bajo ningún concepto, ni realizar acciones o juegos que conlleven un riesgo de accidente u originen incomodidad para otros usuarios/as.

7.- Está prohibido comer y llevar bebidas o envases a la piscina y vestuarios, y bañarse mascando chicles. Los envases de cristal y las latas, aunque sean de uso higiénico, están totalmente prohibidos.

8.- Los usuarios/as seguirán en todo momento las indicaciones que les haga el personal de la instalación, y en especial las referentes a la seguridad.

9.- Las actividades programadas en las piscinas están sujetas a modificaciones que, en la medida de lo posible, serán comunicadas a los usuarios/as con la suficiente antelación.

10.- Menores de 14 años deben estar acompañados en todo momento por un adulto.

Artículo 10.- Información Específica de las Instalaciones Deportivas

1.- Existirá en la instalación, una información específica que recogerá: los horarios de apertura de la misma, los de atención al público, y cualquier otra información adicional de interés para los usuarios/as, determinada por las características, tipos de actividades deportivas, salas, ubicación, etc. de la instalación; así como la normativa específica de cada una de las salas o zonas.

2.- Está información se expondrá permanentemente en los tablones de anuncios de la instalación.

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Complejo Deportivo Municipal BALTAVIDA
C/ La Constitución, 39 - 38710 Breña Alta, La Palma

Tel.: 922 438 118 / 922 438 058 Fax.: 922 429 603
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